Deberes y derechos huésped Hotel Doña Triny
CONTRATO DE HOSPEDAJE
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL HOTEL.
- A) EL HOTEL, suministrará al HUÉSPED el servicio de arrendamiento de una habitación y sus accesorios, mediante el pago de los cánones y precios vigentes en el momento de la prestación del servicio y de acuerdo a los distintos planes. La tarifa y el plan son las que aparecen en el comprobante de la reserva. La prestación de estos servicios estará sujeta a disponibilidad y a los horarios, turnos o existencias físicas de los insumos, bienes, facilidades o espacios necesarios para ella.
- B) EL HOTEL podrá en cualquier momento, disponer el cambio de la habitación y el HUÉSPED deberá aceptarlo.
- C) EL HOTEL, tiene disponible a la vista del público las tarifas, precios del servicio y horas de iniciación y salida, a las cuales se sujeta el HUÉSPED.
- D) EL HOTEL, tiene derecho de retención y prenda sobre el equipaje y bienes de posesión del HUÉSPED, derechos que se harán efectivos por el incumplimiento de las obligaciones por parte del HUÉSPED. En este caso el HOTEL, podrá disponer libremente de los objetos pignorados y con su producto cubrir las obligaciones pendientes incluyendo interés más un (20%) por concepto de costos y gastos. El excedente, si lo hubiere, será puesto a disposición del HUÉSPED y en caso de déficit quedan a salvo las acciones del acreedor.
- E) Si el HOTEL se encuentra en la imposibilidad de cumplir con una reservación aceptada por escrito, siempre que haya prepago o se ve forzado a terminar anticipadamente el hospedaje a largo plazo determinado, deberá obtener alojamiento para el HUÉSPED en otro establecimiento de tarifa similar. Si la tarifa del hotel sucedáneo es inferior, el HOTEL reembolsará la diferencia al HUÉSPED y si es superior se asumirá por el HOTEL. La decisión será siempre del HOTEL pero procurará que en lo posible no haya diferencia de tarifas.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL HUÉSPED.
- A) EL HUÉSPED declara conocer la tarifa, cánones y precios del HOTEL y admite que estas se modifiquen sin previo aviso.
- B) EL HUÉSPED se obliga a pagar su valor de contado en dinero efectivo, en el momento de la prestación del respectivo servicio y en todo caso al momento el cese de la permanencia del HUÉSPED en el HOTEL. El día hotelero comprende lapso de 24 horas de permanencia, a partir de la iniciación que fija el Hotel. La utilización parcial del día hotelero causa el pago de la tarifa completa.
- C) EL HUÉSPED será responsable hasta por la culpa leve de sus obligaciones y las de sus acompañantes. Cualquier persona no registrada que haga uso de alojamiento exclusivamente reservado al HUÉSPED deberá registrarse y pagar un sobrecargo del 100% sobre el canon vigente.
- D) EL HUÉSPED deberá observar una conducta decorosa y vestir de una manera apropiada. EL HOTEL se abstendrá de prestar sus servicios, cuando el comportamiento o la indumentaria del HUÉSPED no sea la adecuada.
- E) EL HUÉSPED admite que la práctica de deportes, ejercicios físicos, conducción de naves o vehículos, utilización de instrumentos o herramientas y, en general, toda la actividad que signifique un riesgo, implica que el HUÉSPED tiene las habilidades y el conocimiento que le permite asumir dichos riesgos, así como la responsabilidad en caso de que sufra cualquier daño o lesión de la cual exime expresamente al HOTEL.
- F) El HUÉSPED se compromete a utilizar los muebles, equipos y, en general, las facilidades del HOTEL de manera adecuada, conservándolas en el estado en que se encuentran y, por tanto, responderá por cualquier daño o pérdida de los elementos y bienes del HOTEL, hasta por culpa leve. En caso de pérdida o daño total o parcial de los bienes del HOTEL por causa atribuible al HUÉSPED o a sus dependientes, este reconocerá el precio fijado por el Hotel, más el 50% a título de pena o multa.
- G) EL HUÉSPED reconoce la autoridad del Gerente del HOTEL, en caso de controversia o conflicto, así como el derecho de inspección a vigilancia que los funcionarios del HOTEL tienen para garantizar la adecuada utilización de las unidades habitacionales y de uso común. Este derecho se ejercerá de manera razonable e incluye la facultad de penetrar o registrar la habitación cuando a juicio del Gerente del HOTEL sea preciso. EL HUÉSPED a su vez se obliga a observar los horarios y normas fijadas por el HOTEL para la prestación de sus servicios y facilitar el acceso a sus empleados para las labores de rutina en la habitación.
TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
– El CONTRATO DE HOSPEDAJE TERMINA: a) Por vencimiento de plazo fijo pactado; B) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de las partes. El incumplimiento del HUÉSPED no lo exonera del pago del canon completo por del plazo pactado; C) Cuando el contrato sea celebrado día a día, o sea, cuando no consta expresamente en la reserva el término de permanencia del huésped en el HOTEL, el contrato se dará por terminado al vencimiento del día hotelero fijado según el contrato; D) Cuando el contrato sea a plazo determinado, terminará por el vencimiento de éste, en cuyo caso el HOTEL podrá disponer de la habitación. En caso de terminación anticipada EL HUÉSPED deberá pagar la tarifa correspondiente al plazo completo a menos que exista una causa razonable que, a juicio del HOTEL, ameriten la terminación anticipada del contrato, como son la calamidad doméstica, enfermedad del HUÉSPED o del grupo a su cargo, problemas del cupo aéreo, etc.
DESACUERDO DE LA TERMINACIÓN.– Si surge desacuerdo entre el HUÉSPED y el HOTEL en cuanto a terminación del contrato, el HOTEL además de la suspensión del servicio, tomará todas las medidas necesarias para que el HUÉSPED pueda disponer de su equipaje y objetos personales a los trasladara a un depósito seguro y adecuado sin responsabilidad del HOTEL.
PRUEBA DE CONTRATO.– El contrato de hospedaje se prueba mediante la bitácora de registro tarjeta de registro del HOTEL, aceptada por la firma del HUÉSPED, la cual hace constar que este se adhiere a las estipulaciones contenidas en su reserva. EL HUÉSPED acepta expresamente que la suma líquida de dinero que conste en la factura, prestara merito ejecutivo.
RESPONSABILIDAD POR PÉRDIDA.– Si no media entrega al HOTEL de los objetos que el HUÉSPED desea que se custodien, se exonera al HOTEL de toda responsabilidad en caso de pérdida, por tanto, los objetos de valor como joyas, cámaras, dinero, equipos o utensilios que permanezcan en la habitación o áreas de servicios diferentes a las que el HOTEL dispone para depósito, estarán bajo el único riesgo del HUÉSPED ya que en este caso el HOTEL no asume responsabilidad alguna, en caso de pérdida o deterioro.
“ADVERTENCIA:De acuerdo al Artículo 17 de la Ley 679 de 2001, EL HOTEL advierte al HUÉSPED que la Explotación y el Abuso Sexual de Menores de edad en el País son castigados penal hasta por 35 años de prisión y civilmente conforme a las disposiciones legales vigentes.”
PROTECCION DE DATOS: en cumplimiento de la ley estatutaria 1581 de 2012 y del Decreto Reglamentario 1377 de 2013, por el cual se reglamenta parcialmente la ley de la referencia, le informa que los datos de su empresa o datos personales se encuentran incorporados en las bases de datos de nuestra empresa.
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- Mantenerlo informado sobre nuestros servicios, promociones, novedades, recomendaciones, información relacionada con nuestros programas y el sector turismo.
- Realizar encuestas y sondeos para el mejoramiento de nuestros servicios.
- Generar mecanismos de comunicación eficientes y mantener contacto permanente.
- Para fines del desarrollo del objeto social y en las funciones propias de la prestación de nuestros servicios.
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